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Obligaciones de una Sociedad Inactiva
Lic. Ariel Castro M. Especialista en Derecho Tributario
Las sociedades inactivas son sociedades mercantiles que no desarrollan actividades económicas, por lo tanto, este tipo de sociedades, no emiten facturas, no registran ingresos y por su propia naturaleza no determinan ganancias al cierre de cada periodo fiscal, o sea, no hay un impuesto sobre la renta que pagar. Estas sociedades son las que fueron constituidas en su momento para la tenencia de activos y cualquier otra inversión cuyo fin no fuera su explotación para generar utilidades.
Sin embargo, este tipo de sociedades tienen algunas obligaciones a las que les debe hacer frente y que en caso de incumplimiento se verían expuestas a sanciones económicas:
1.- Pago del Impuesto a las personas jurídicas, en este caso al no tener actividades económicas, el monto del impuesto es el 15% de un salario base, actualmente ¢69,330.00.
2.- Cancelar el Timbre de Educación y Cultura que oscila entre ¢5,000.00 a ¢18,000.00 y se determina en función a su capital social neto.
3.- Presentación de la declaración informativa D-195, en donde se deben declarar los activos, pasivos y patrimonio que posea, joyas, obras de arte, fuentes de financiamiento entre otras cosas, lo que implica la llevanza de una contabilidad aunque muy básica.
4.- Presentación del Registro de Beneficiarios Finales. Esto es una declaración en donde se deben de reportar quienes son los accionistas de esta sociedad o sus beneficiarios finales en casos especiales.
5.- Por último, cuando se tengan bienes inmuebles registrados a nombre de estas sociedades, recordar las obligaciones municipales que se deriven de ello.
Es importante mantener una correcta vigilancia a este tipo de sociedades, ya que con base en los artículos 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y 8 bis de su Reglamento, la Administración Tributaria podría argumentar que existe un incremento injustificado de patrimonio cuando- por ejemplo- los activos que tiene una sociedad inactiva no correspondan con sus pasivos (e.g., préstamos) y patrimonio (e.g., capital social y aportes extraordinarios de socios).